Pautas para la Solicitud de Publicación

 

 

 

I. Solicitud de Publicación

 

 

A continuación se detallan, tal como está indicado en el Reglamento de Publicaciones de la Facultad de Filosofía y letras, las pautas que deberán cumplirse para solicitar la publicación de obras en el marco de esta casa de altos estudios.

 

Los materiales de estudio para cursadas de grado, posgrado, idiomas, extensión u otro proceso de aprendizaje que no busquen constituirse en publicaciones (libros o revistas) de la Editorial de la Facultad de Filosofía y Letras no requieren ser puestas a consideración del Consejo Editor de la Facultad, y deben ser solicitadas de acuerdo con las pautas correspondientes al Instructivo para la solicitud de materiales de estudios.

 

Las solicitudes de fotocopiado o papelería de cualquier tipo, tanto para eventos académicos (programas, certificados académicos, afiches, catálogos de muestras, etc.) como para la difusión de actividades y promoción institucional (folletería, tarjetas de invitación, etc.) y para uso interno de la Facultad (formularios, modelos de exámenes, certificados administrativos, etc.) no requieren ser puestas a consideración del Consejo Editor de la Facultad, y deberán adecuarse al Instructivo para la solicitud de fotocopiado o papelería de esta casa de altos estudios.

 

Las pautas de este documento se aplican exclusivamente a la solicitud de publicación de obras en las que el/los solicitante/s incluyen algún elemento de autoría propia: en el contenido de la obra, o en estudios críticos, anotaciones o diversos tipos de aportes que enriquezcan el contenido central de la obra; y que se presenten para su publicación en el marco de la Editorial de la Facultad de Filosofía y Letras, o en coedición entre esta Editorial y otras editoriales, organismos o instituciones.  

 

Para ser consideradas para su publicación en la Editorial de la Facultad de Filosofía y Letras, las obras presentadas deben estar relacionadas con la vida institucional de la Facultad, sea en su ámbito de docencia, investigación o extensión, o desde esos ámbitos en relación con otros espacios, instituciones u organismos.

 

La Editorial de la Facultad de Filosofía y Letras es la editorial institucional de la Facultad, y como tal no publica obras que no estén relacionadas en forma directa con la institución.



 

Se reconocen tres categorías primarias de publicaciones con subcategorías:

 

1. Publicaciones generales

a. Publicaciones unitarias

c. Publicaciones periódicas

 

2. Publicaciones científicas con evaluación

a. Revistas científicas

b. Series monográficas

c. Actas de Eventos Académicos

d. Tesis de grado y posgrado

 

3. Publicaciones en coedición

 

 

Existen pautas de presentación que se aplican a ambas categorías, y pautas específicas para cada tipo de publicación. Las mismas que se describen a continuación.

 

Reediciones y reimpresiones

 

Los pedidos de reedición de publicaciones existentes, que implican nuevas versiones de la misma (corregidas, revisadas o modificadas en alguno de sus aspectos) se tratan como nuevas Solicitudes de Publicación, y siguen el mismo proceso que las demás solicitudes de este tipo, presentándose sus contenidos nuevamente, e indicándose la referencia a la publicación de origen al momento de ser puesta a consideración ante el Consejo Editor de la Facultad.

 

Las reimpresiones en cambio (volver a imprimir una publicación existente sin ningún tipo de modificación) se rigen por el Instructivo para la solicitud de reimpresión.

 

 

0. Consideraciones generales

 

 

1. Toda solicitud de publicación deberá designar a un único Coordinador Responsable que será quien servirá de contacto y nexo con el área de Publicaciones durante todo el desarrollo de la obra, y quien dará el visado de revisión final con su firma a los contenidos (textos, imágenes, audios y audiovisuales si hubiere) una vez editados y corregidos primero, y en su versión diagramada por segunda y última instancia.

 

2. Todas las solicitudes de publicación deberán presentarse por la Mesa de Entradas del área de Publicaciones de la Facultad de Filosofía y Letras donde se generará el correspondiente trámite interno.

 

3. Las solicitudes deberán incluir, de acuerdo con los modelos que se incluyen en documentos anexos, los siguientes elementos.

 

a. En formato impreso:

 

- Carta de Presentación de la solicitud de publicación firmada por el Coordinador Responsable de la obra, con sus datos de contacto (teléfonos y correo electrónico), y una somera descripción de las características de la obra que se solicita publicar y en el sello, biblioteca, colección o serie donde se insertaría, y cualquier otra información que se considere relevante.

 

- Carta de Solicitud Institucional de Publicación: tal como lo establece el reglamento, se deberá adjuntar una breve solicitud de publicación que acompañe la presentación por parte de una autoridad o docente de la Facultad según el tipo de obra que corresponda.

De acuerdo con el Reglamento de Publicaciones pueden solicitar la publicación de obras:

i. Autoridades de la Facultad: Decana/o, Vicedecano/a, Secretaria/os o Subsecretaria/os.

ii. Autoridades de Institutos de Investigación: Directore/as o Secretaria/os Académicos de Institutos.

iii. Autoridades de Departamentos Docentes: Directore/as o Secretaria/os Académicos de Departamentos.

iv. Docentes de la Facultad de Filosofía y Letras en cualquiera de sus ámbitos (grado, posgrado, extensión, idiomas, capacitación No Docente, etc.) cuando soliciten la publicación de una obra de autoría propia total o parcial para ser utilizada en cualquier instancia de enseñanza/aprendizaje de la Facultad.

v. Miembros del Consejo Editor, siempre que cuenten con el aval adicional de la autoridad del área pertinente en la que se inscribe la obra (investigación, docencia, extensión, etc.).

 

 

b. En formato digital:

 

Podrá realizarse la solicitud mediante el envío digital como adjunto o como vínculo de descarga a la dirección consejo.editor.ffyl@filo.uba.ar en forma previa a la presentación de los impresos en la Mesa de Entradas del área de Publicaciones, en cuyo caso el cuerpo del mensaje deberá incluir el texto de la Carta de Presentación;o podrá realizarse mediante la entrega de los archivos en soporte digital en conjunto con los materiales impresos en la Mesa de Entrada del área de Publicaciones.

 

Deberá incluir:

 

- Las dos cartas presentadas en formato impreso, con o sin firma (la carta de presentación deberá incluirse como archivo digital aparte, se haya incluido o no en el cuerpo de un correo electrónico).

 

- La Ficha Digital de la Obra completa, con todos los datos sobre la misma: títulos y subtítulos propuestos para la publicación, área conceptual del catálogo editorial en la que se ubica su publicación (colección, serie, publicación periódica, etc.), monto y origen de financiamiento disponible para publicación si hubiere.

 

- La planilla digital Datos de Responsables de Autoría completa con todos los datos requeridos de los autores.

 

- El archivo Síntesis conceptual de la obra, que deberá incluir:

Un sumario de la obra con una extensión de 2000 caracteres con espacios como máximo, que sintetice el tipo de obra, su objetivo y su contenido, y sirva de base para el texto de contratapa de la obra impresa y como abstract para su versión y referenciamiento digital.

Una serie de entre tres a y seis palabras que, a criterio de los interesados, sirvan como descriptores del contenido de la obra (se trata de descriptores conceptuales aproximativos, no es necesario que se elijan descriptores normalizados bibliográficamente).

Un índice conceptual esquemático que dé cuenta de la estructura y del contenido de la obra.

Las biografías de cada uno de los autores que intervienen en la obra con una extensión máxima de 2000 caracteres con espacios.

 

- La versión digital completa de todos los contenidos originales de la obra (texto, imágenes, y audio y audiovisuales según el caso). Entre estos contenidos deberán incluirse propuestas de imagen para las cubiertas si así lo requiere el tipo de publicación. Los contenidos serán luego editados y corregidos para obtener las versiones finales de los mismos, pero para poner la obra a consideración del Consejo Editor no podrá haber originales faltantes. La obra debe presentarse completa.

El formato de presentación de los contenidos deberá cumplir con los requerimientos establecidos en el documento Pautas para la presentación de originales para su publicación para cada tipo de contenido.

 

Los contenidos deberán además presentarse según los lineamientos de las Pautas Editoriales Generales de la Facultad de Filosofía y Letras (donde se establecen por ejemplo criterios de citación, de uso de itálicas y negritas, etc.).

 

 

 

 1. Publicaciones Generales

 

 

Son las publicaciones generales de la Editorial de la Facultad de Filosofía y Letras que no requieren para su aprobación por parte del Consejo Editor de una evaluación científico-académica.

 

 

a. Publicaciones unitarias

 

Las mismas se publican en el marco de:

 

i. Colecciones

 

- Libros de Cátedra: reúne publicaciones de autoría propia de docentes de nuestra Facultad destinadas al proceso de enseñanza.

 

- Saberes: reúne publicaciones resultado de trabajos de investigación desarrolladas en el ámbito de nuestra Facultad.

 

- Puentes: reúne publicaciones con contenidos generados en el marco de proyectos de extensión de nuestra Facultad.

 

- Libros de Filo: reúne publicaciones destinadas a discutir las diversas disciplinas que se dictan en el marco de los Departamentos Docentes de Grado de nuestra Facultad.

 

- Sol de Noche: reúne herramientas para la docencia en todos los niveles educativos.

 

Series: aunque aún no se han desarrollado se prevee la posibilidad futura de generar Series dentro de las cada una de las colecciones existentes, en casos de líneas de publicaciones de un área disciplinar o temática específica en las que se garantice un mínimo de dos o más números anuales.

 

ii. Sello EUFyL (Editorial Universitaria de la Facultad de Filosofía y Letras)

Reúne obras para su distribución masiva hacia la sociedad en general a escala nacional a propuesta de su Director Editorial.

Requisitos adicionales para este tipo de publicaciones:

 

Presentación en formato digital de:

- Carta Explicativa de la solicitud de publicación: deberá incluirse una carta que explique el contenido y las características de la obra en mayor detalle y justifique la pertinencia de su publicación. La misma podrá ser redactada por los responsables autorales de la publicación (directores, compiladores, autores, etc.) o por especialistas de trayectoria en el área de referencia.

 

 

b. Publicaciones periódicas

 

Estas son las publicaciones periódicas desarrolladas en diversos contextos de nuestra Facultad, que presentan sus nuevos contenidos, número a número, a consideración del Consejo Editor de la Facultad, sin requerir para su aprobación una evaluación científico-académica.

 

Encontramos entre estos números las revistas

 

- Espacios de Crítica y Construcción: revista académica desarrollada académica por la Secretaría de Extensión y Bienestar Estudiantil.

 

- Revistas generadas en el marco del Programa UBA XXII

- La resistencia (penal de Devoto).

- Los monstruos tienen miedo (penal de Ezeiza).

 

- Revistas de Departamentos Docentes: generadas en el marco de los Departamentos Docentes de las Carreras de Grado de la Facultad.

Las mismas no requieren una evaluación científico-académica, con excepción de aquellas que incluyan una Sección de Investigación. En estos casos solo los artículos de dicha sección deberán cumplimentar con los requisitos solicitados para Publicaciones científicas con evaluación (ver el acápite referido a Revistas de Departamentos Docentes de la sección correspondiente a este tipo de publicaciones).

 

 

Requisitos adicionales para este tipo de publicaciones:

 

i. Nuevos números de publicaciones periódicas existentes:

No hay requisitos adicionales para este tipo de publicaciones, además de los ya mencionados en las consideraciones generales.



ii. Propuesta de nuevas publicaciones periódicas:

 

- Carta Explicativa de la solicitud de publicación: deberá incluirse una carta que explique el contenido y las características de la obra en mayor detalle y justifique la pertinencia de su publicación. La misma podrá ser redactada por los responsables autorales de la publicación (directores, compiladores, autores, etc.) o por especialistas de trayectoria en el área de referencia. En la misma deberá establecerse la periodicidad pretendida de la publicación.

- Los contenidos completos del primer número de la publicación.

- Los índices tentativos de como mínimo los dos números de la publicación subsiguientes al primero.


 

 

2. Publicaciones científicas con evaluación

 

 

En las solicitudes de publicación de obras con Comité Científico propio que hayan llevado adelante un proceso de evaluación por pares, y en los trabajos de investigación que hayan sido evaluados por un jurado de especialistas (tesis de grado o posgrado) y que cuenten con recomendación de publicación, el Consejo Editor no evaluará los contenidos de las mismas sino exclusivamente la adecuación de estas publicaciones a la mecánica y a los requisitos establecidos en el presente documento.

 

Tal como indica el Reglamento de Publicaciones se deberá garantizar en las solicitudes de publicaciones de obras con Comité Científico y evaluación por pares de esta casa de altos estudios, que estas se hayan constituido como espacios públicos donde se haya garantizado la igualdad de participación y posibilidades de publicación, sujetos a la evaluación de originalidad, pertinencia y calidad académica correspondientes en cada caso.

 

 

a. Revistas científicas

 

Las revistas científicas de la Facultad de Filosofía y Letras están constituidas por:

 

- Las Revistas Científicas de los Institutos de Investigación.

- La revista científica del área de Extensión: Redes de Extensión.

- Las Secciones de Investigación de las Revistas de los Departamentos Docentes, en aquellas que deciden incluir dicha Sección.

 

Criterios para este tipo de publicaciones:

 

- Convocatoria

Debe haberse lanzado y publicitado ampliamente una convocatoria abierta para la presentación de artículos.

 

- Comité Científico

Si hubiera intención o necesidad de realizar postular reemplazos en el Comité Científico de una publicación, estos deberán ser puestos a consideración del Consejo Editor mediante una Nota de Reemplazo en Comité Científico, donde se indique y justifique la modificación, y se adjunte una Nota de renuncia al cargo del integrante saliente y una Nota de aceptación del integrante entrante (las mismas puede ser con nota firmada en cada caso, o impresión de renuncia o aceptación enviados digitalmente), y el Curriculum vitae del miembro entrante.

 

 

La Nota de Reemplazo en Comité Científico debe presentarse en forma impresa y firmada por el Responsable de la Publicación, y el resto en formato digital.

 

- Selección de Evaluadores

Los evaluadores deberán ser seleccionados por el Comité Científico de cada publicación.

 

El evaluador no podrá ser miembro del propio Comité Científico o de Redacción, Responsable de la publicación, asociado a la publicación ni Autoridad del área en la que está directamente radicada la publicación, así como tampoco podrá ser autor de artículos que se publiquen en ese mismo número.

 

En el caso de las Secciones de Investigación de las Revistas de los Departamentos Docentes, de existir una publicación científica de Instituto de Investigación del área disciplinar del artículo científico presentado, la selección de evaluadores deberá ser realizado por el Comité Científico de dicha publicación, siguiendo los mismos mecanismos que si se hubiese presentado para su publicación en la revista del área. Si no correspondiese a ninguna área disciplinar contemplada en revistas científicas existentes en el ámbito de nuestra Facultad, la selección de evaluador podrá ser realizada por el Comité Científico que se constituya para esta Sección de la Revista del Departamento Docente.

 

- Evaluación de artículos científicos

Se establezcan en forma individual o en forma de Dossier, cada artículo deberá contar con una doble evaluación doble ciego (conservándose el anonimato de evaluadores y autores entre sí) por pares.

 

Si hubiera disidencia entre las dos evaluaciones del artículo en cuanto a su aprobación, deberá incluirse una tercera evaluación que defina si se aprueba o no el artículo

 

Los contenidos que no correspondan a artículos científicos (reseñas, editoriales, otras Secciones de Revistas de Departamentos Docentes) no requieren evaluación alguna por pares para su aprobación

 

Requisitos adicionales para este tipo de publicaciones:

 

- El Coordinador Responsable de la obra deberá ser indefectiblemente el Director o Editor Responsable de la publicación, y en caso de tratarse de la autoridad de área (Secretario, Subsecretario, Director de Instituto o Departamento), no será necesario presentar dos cartas sino una sola que se considerará a la vez como Carta de Presentación y de Solicitud Institucional de Publicación.

 

Además de las consideraciones generales que debe cumplir todo tipo de publicación, las publicaciones científicas con evaluación deberán presentar lo siguiente:

 

- Deberá completarse la Síntesis de Convocatoria, donde se indique brevemente el texto de convocatoria, la fecha o fechas en que se realizó y los canales de difusión que se utilizaron para publicitarla.

- Deberá presentarse el Cuadro de Evaluaciones, que indica en forma sintética los evaluadores, resultados y fechas de las evaluaciones de cada uno de los artículos sometidos a evaluación por pares.

- Deberán presentarse los todos los Referatos de los artículos evaluados, establecidos de acuerdo al archivo de Modelo de Referato, y agrupados en carpetas con el nombre y código de los artículos evaluados.

En los casos en que los evaluadores aprueben los artículos en forma condicionada a la aplicación de determinadas modificaciones, deberá acompañarse el mismo con una Nota de aceptación de modificaciones, con fecha y firma (impresa o digital) por el evaluador o por el Responsable de la publicación, confirmando que las modificaciones fueron correctamente aplicadas.

 

i. Nuevos números de publicaciones existentes:

 

En caso de tratarse de nuevos números de publicaciones ya existentes no hay requisitos adicionales que deban cumplirse además de los mencionados en las Consideraciones Generales de publicaciones y de los expuestos anteriormente como requisitos para este tipo de publicaciones.

 

ii. Propuesta de nuevas publicaciones periódicas:

 

- Carta Explicativa de la solicitud de publicación: deberá incluirse una carta que explique el contenido y las características de la obra en mayor detalle y justifique la pertinencia de su publicación. La misma podrá ser redactada por los responsables autorales de la publicación (directores, compiladores, autores, etc.) o por especialistas de trayectoria en el área de referencia. En ella deberá establecerse la periodicidad pretendida de la publicación.

- Propuesta de Comité Científico (Académico o Asesor) y Comité Editorial (o de Redacción). El mismo deberá incluir un breve resumen de hasta 2000 caracteres con espacios de la trayectoria de cada uno de los miembros propuestos en cada caso, y un Anexo con los Curriculum vitae de cada uno de los miembros propuestos.

-  Los contenidos completos del primer número de la publicación.

- Los índices tentativos de como mínimo los dos números de la publicación subsiguientes al primero.

 

 

b. Series monográficas

 

Las series monográficas de la Facultad de Filosofía y Letras consisten en la publicación periódica de obras correspondientes en cada caso a un único tema de la disciplina, diferenciándose así de las revistas científicas que tratan en cada número una multiplicidad de temas de la disciplina. Puede tratarse de obras colectivas o individuales.

 

Criterios para este tipo de publicaciones:

 

Deben cumplir con los mismos criterios que las Revistas Científicas, con la única diferencia que debe presentarse una única evaluación por pares doble ciego de cada número en su totalidad, y no de cada artículo por separado si acaso se tratase de una obra colectiva.

 

Requisitos adicionales para este tipo de publicaciones:

 

Deberá cumplimentar los mismos requisitos adicionales que las revistas científicas, con la única excepción de que se deben presentar solo dos evaluaciones, o tres en caso de ser contrapuestas, en total por cada número que se busca publicar en la Serie.

 

i. Nuevos números de publicaciones existentes:

 

En caso de tratarse de nuevos números de publicaciones ya existentes no hay requisitos adicionales que deban cumplirse además de los mencionados en las Consideraciones Generales de publicaciones y de los expuestos anteriormente como requisitos para este tipo de publicaciones.

 

ii. Propuesta de nuevas publicaciones periódicas:

 

Se deben cumplir los mismos requisitos que corresponden a la solicitud de publicación de nuevas revistas científicas.

 

c. Actas de Eventos Académicos

 

Las actas de eventos académicos corresponden a la publicación de ponencias presentadas en Congresos, Jornadas y eventos académicos diversos asociados a la vida institucional de la Facultad de Filosofía y Letras.

 

Requisitos adicionales para este tipo de publicaciones:

 

- Nota de Certificación de Evaluación del responsable institucional del evento, impresa y firmada por la principal autoridad a cargo del evento, mediante la cual enumera al Comité Científico que integró el evento y certifica que todas las ponencias de las que se solicita publicación fueron evaluadas y aprobada por el mencionado comité.

 

 

d. Tesis de grado y posgrado

 

Las tesis de grado y posgrado de Filosofía y Letras corresponden a trabajos de investigación originales evaluados por especialistas del área de reconocida trayectoria.

Una vez aprobadas y con recomendación de publicación, se las incorpora automáticamente como publicaciones en el Repositorio Digital de nuestra Facultad.

 

Requisitos adicionales para este tipo de publicaciones:

 

- Copia digital del Dictamen del Jurado de evaluación de la tesis.

 

 

3. Publicaciones en coedición

 

 

Se trata de las publicaciones que se busquen realizar en coedición entre la Facultad de Filosofía y Letras y una o más editoriales, organismos o instituciones.

 

Puede tratarse de publicaciones desarrolladas en conjunto de las siguientes características:

 

i. Unitarias (libros) en el marco de las Colecciones, Series y Sellos de la Editorial de la Facultad de Filosofía y Letras

 

ii. Unitarias (libros) enmarcadas en los Sellos, Colecciones o Series de otras editoriales, organismos o instituciones.

 

iii. Unitarias desarrolladas específicamente en el marco de Colecciones, Series o Sellos conjuntos con otras editoriales, organismos o instituciones.

 

Como ejemplo de Colecciones en Coedición existentes encontramos:

 

- Colección Narrativa y Educación, constituida como una colección en coedición con el Consejo Latinoamericano de Ciencias Sociales (CLACSO).

 

iv. Publicaciones periódicas desarrolladas en forma conjunta con otras editoriales, organismos o instituciones.

 

 

Requisitos adicionales para este tipo de publicaciones:

 

En todos los casos, deberá presentarse la documentación impresa o digital correspondiente al tipo de publicación que se desea coeditar (publicación general unitaria o verídica, o científica con evaluación), y:

 

- Propuesta de Convenio de Coedición, a ser analizado por el Consejo Editor, donde se estipulen las editoriales, organismos o instituciones participantes y la responsabilidad que asume cada una en el desarrollo de la publicación.

 

 

II. Tratamiento de la Solicitud de Publicación

 

0. Puesta a consideración

 

 

Las solicitudes de publicación serán puestas a consideración del Consejo Editor en la sesión inmediatamente posterior al momento en que las mismas cumplimenten con todos los documentos y condiciones requeridos para cada tipo de solicitud.

 

Una vez que la publicación se pone a consideración del Consejo Editor en una primera sesión, los miembros del Consejo Editor podrán aprobarla o rechazarla, una vez analizado, en cualquier de las sesiones inmediatamente posteriores.

 

 

1. Informe de Lectura

 

Los miembros del Consejo Editor podrán solicitar, tal como lo establece el Reglamento de Publicaciones, un informe de lectura a alguno de los lectores del área disciplinar correspondiente o evaluaciones de especialistas externos de reconocida trayectoria en lo casos en los que resulte pertinente.

 

El informe de lectura no resulta vinculante para la decisión que adopte el Consejo Editor, sino que constituye un documento de análisis para ayudar a la toma de decisión por parte de los miembros del Consejo Editor.

 

El mismo se realizará con un sistema doble ciego, de forma tal que el lector o evaluador desconocerá la identidad de los autores, y los autores la identidad del lector o evaluador, y tendrá carácter confidencial, pudiendo conocer su contenido solamente las autoridades del área y los miembros del Consejo Editor. Los Informes de Lectura se podrán publicar exclusivamente transcurrido un período de por lo menos cuatro años, con autorización expresa y concurrente del lector o evaluador involucrado y los autores de la obra considerada.

 

Los informes de lectura se realizarán de acuerdo con el Modelo de Informe de Lectura y se utilizará para el mismo y para mantener el anonimato de autores y lectores en las comunicaciones intercambiadas los Códigos de Responsables de Autoría y los Códigos de Lector/Evaluador que suministre el área de Publicaciones en cada caso, para reemplazar las identidades de los mismos.

 

2. Aprobación o rechazo

 

La decisión de aprobación o rechazo por parte del Consejo Editor deberá ser fundamentada y comunicada al Coordinador Responsable de la obra.

 

Rechazo

 

En caso de rechazo el Coordinador Responsable de la obra podrá responder a la fundamentación del rechazo por parte del Consejo Editor, justificando con nuevos argumentos la solicitud de publicación en una Carta de Solicitud de Reconsideración.

 

La misma será puesta a consideración del Consejo Editor en la sesión subsiguiente a la presentación, y el mismo dictaminará sobre la aprobación o rechazo de la obra por segunda vez y en última instancia.

 

Aprobación

 

En caso de aprobación se informará la decisión del Consejo Editor al Coordinador Responsable, el cual podrá solicitar la cantidad de Certificados de publicación en prensa en la Editorial de la Facultad de Filosofía y Letras que requiera para ser presentados ante quien corresponda, y que serán firmados por las autoridades del área de Publicaciones.

 

Inmediatamente después se requerirá la registración de los originales de la obra en la Dirección Nacional de Derechos de Autor y la firma de las autorizaciones legales que correspondan en cada caso (contratos, cesión de derechos, convenio de coedición, etc.) por parte de los autores y/o responsables de la obra.

 

Cumplidos estos requerimientos formales se dará curso al desarrollo de la publicación.

 

III. Desarrollo de la Publicación

 

 

Una vez que se encuentre en curso el desarrollo de la publicación, y al margen de la multiplicidad de intervenciones e intercambios posibles entre el personal del área de Publicaciones y el Coordinador Responsable y los autores de la obra, se solicitará la convalidación formal de lo desarrollado en dos instancias.

 

 

1. Aprobación final de los contenidos

 

Una vez editados y corregidos los diversos tipos de contenidos que pudiera contener la obra (texto, imágenes, audio y audiovisuales), y sometido este proceso a consideración de los autores y responsables involucrados a través del Coordinador Responsable de la obra designado, y establecidas en forma conjunta y de común acuerdo las versiones finales de los mismos, se solicitará la firma de la Nota de Conformidad de Contenidos Finalespor parte del Coordinador Responsable en nombre de todos los responsables autorales involucrados en la obra.

 

La misma establecerá que tanto los archivos digitales de contenidos finales que serán corroborados vía mail como los atinentes a la Nota antes mencionada por parte del Coordinador Responsable de la Obra, corresponden a las versiones finales de los contenidos, y que no se podrá solicitar la modificación de los mismos excepto en lo que respecta a errores o diferencias de criterio surgidos en la etapa posterior de puesta en forma de la obra.

 

 

2. Aprobación de la versión final de la publicación

 

Una vez obtenida la versión final digital de la obra en su formato definitivo y tal como será publicada, la misma será sometida a consideración del Coordinador Responsable de la obra para su revisión final.

 

Se solicitará la firma de la Nota de Conformidad de Revisión Final de la publicación por parte del Coordinador Responsable en nombre de todos los responsables autorales involucrados en la obra.

 

La misma establecerá que tanto los archivos digitales finales de la publicación, que serán corroborados vía mail como los atinentes a la Nota antes mencionada por parte del Coordinador Responsable de la obra, corresponden a la versión final de la obra que será publicada sin modificación alguna en procesos posteriores.

 

Finalización del Proceso de Desarrollo

 

Como punto final del proceso de desarrollo se informará al Coordinador Responsable de la disponibilidad de la publicación en forma inmediata.

 

Esto podrá ser tanto por el ingreso y la catalogación de la publicación impresa en la Oficina de Publicaciones de la Facultad de Filosofía y Letras (OPFyL), como por su puesta en línea y accesibilidad pública en formato digital.